Asesoría Zona Restringida
El artículo 27 constitucional prohíbe la propiedad directa de extranjeros en una franja de 50 km del litoral y 100 km de las fronteras. IBG Legal estructura las vías legales para invertir en esa zona — fideicomiso bancario, sociedad mexicana o residencia permanente con planeación fiscal — anticipando los riesgos antes del cierre.
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